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¿Qué es el menaje de casa y equipo de trabajo ? MENAJE DE CASA - Son todos los elementos nuevos o usados, de uso cotidiano de una familia, tales como electrodomésticos, ropa, elementos de baño, cocina, muebles de comedor, sala y dormitorios, enseres de hogar, computadoras, adornos, cuadros, vajillas, libros, herramientas de uso doméstico y demás elementos propios del lugar donde una persona natural o núcleo familiar habita en forma permanente., adquirido antes de su viaje de retorno al Ecuador, embarcados en el país donde habitó de forma permanente previo a su cambio de domicilio al Ecuador. EQUIPO DE TRABAJO - es el conjunto de utensilios, instrumentos y/o equipos profesionales, nuevos o usados, para el ejercicio de una tarea productiva o de un oficio, vinculados o no a la actividad, profesión, u oficio del migrante o su núcleo familiar, necesarios para emprender una única actividad productiva en el país, por cónyuge o conviviente. Los equipos de trabajo no solo son portátiles, por lo tanto pueden ser herramientas de trabajo estacionarias o fijas, que son susceptibles de ser desarmadas o desmontadas, instrumentos, estructuras, máquinas. EN EL CASO DE QUE EL EQUIPO DE TRABAJO EXCEDA LOS TREINTA MIL DÓLARES USD$30.000, EL MIGRANTE DEBERÁ PRESENTAR UN PROYECTO DE INVERSIÓN DE SU NEGOCIO EN EL ECUADOR.No se admitirá en calidad de equipo de trabajo, vehículos, naves o aeronaves cuya clasificación arancelaria corresponda al os capítulos 87, 88 y 89, las partidas 8428.90.10.00, 8428.90.90.00, 8429.11.00.00, 8429.20.00.00, 8429.40.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00, 8430.31.00.00; así como tampoco materias primas, insumos, ni textiles. CANTIDADES ADMISIBLES - En cuanto a prendas de vestir, calzado y accesorios para uso personal del migrante y su núcleo familiar las cantidades no deberán superar los doscientos (200) kilogramos por cada uno de los integrantes, así mismo dichos bienes deben guardar relación en talla y cantidad con la composición del núcleo familiar al momento el arribo de las mercancías.En caso de existir mayor cantidad respecto a los artículos indicados, se liquidará el excedente como menaje no exento siempre y cuando las tallas de los excedentes guarden relación con la composición del núcleo familiar, por ello es importante que los bultos o maletas que se utilicen para transportar los artículos estén debidamente identificados según corresponda a su contenido.DE NO GUARDAR RELACIÓN LOS EXCEDENTES CON LOS INTEGRANTES DE LA FAMILIA, SE LES DARÁ EL TRATAMIENTO DE “MERCANCÍA NO AUTORIZADA PARA LA IMPORTACIÓN” O MERCANCÍA DE PROHIBIDA IMPORTACIÓN”, SEGÚN CORRESPONDA. ¿Se puede traer un vehículo como parte del menaje de casa? Si, se puede traer UN vehículo como parte del Menaje de casa siempre que se cumpla con los siguientes requisitos: Ser ecuatoriano que retorne al país con el ánimo de domiciliarse y que haya permanecido en el exterior por un periodo mínimo de tres (3) años. Que el año modelo del vehículo corresponda a los últimos cuatro (4) años, incluido el año de la importación. Para el caso de vehículos usados, se demostrará la propiedad adjuntando a la Declaración Aduanera de Importación, el original del título de propiedad, Registro, o Matricula, o documento equivalente, a nombre de la persona migrante (no endosado) y cuya fecha de emisión sea anterior al arribo de la persona. no se aceptarán vehículos siniestrados (con la leyenda “Salvatage, “Salvage” o equivalente, en los documentos de compra). Que haya sido embarcado conjuntamente con los otros bienes del menaje de casa. En el caso de Vehículo El Valor máximo permitido del Vehículo automotor no podrá exceder de USD $20.000, o su equivalente en otra moneda. Para determinar este valor, se tomará el precio de venta en el que ese “año modelo” salió al mercado. El cilindraje del Vehículo debe ser hasta tres mil centímetros cúbicos 3.000cc. En caso de Motocicleta: El cilindraje hasta seiscientos cincuenta centímetros cúbicos 650cc El valor hasta USD$8.000.00 cuando era nuevo, es decir, se tomará en cuenta el precio de venta en el ese “modelo” salió al mercado. Arribo del menaje de casa y/o Equipo de trabajo: Para acogerse a la exoneración tributaria de menaje de casa y/o equipo de trabajo, deberá arribar dentro del lapso comprendido entre los dos meses antes y hasta seis meses después del arribo de la persona migrante con ánimo de domiciliarse definitivamente en el Ecuador. Estamos a la orden
para demostrarle nuestra celeridad y profesionalismo.
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